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FAQ de cosas basicas de leyes para TODO bichero.

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FAQ de cosas basicas de leyes para TODO bichero. Empty FAQ de cosas basicas de leyes para TODO bichero.

Mensaje por seemann69 Mar Mar 03, 2015 10:34 pm

Aqui les dejo un pequeño "FAQ" sobre las dudas mas comunes que existen en el "hobby bichero".
Espero sea de su agrado.

FAQ sobre cosas BASICAS que debes saber si te interesa la tenencia responsable. Esto esta basado principalmente en la LGVS y su reglamento.

--¿Que papeles me deben entregar al adquirir un animal exótico o silvestre?
R:Si lo comprar directo de un criadero en México, te deben entregar una factura en la cual figuren tus datos completos así como los datos completos del vendedor, dirección del criadero, número de registro ante SEMARNAT, Nombre común y científico del ejemplar, numero de aprovechamiento, tasa de aprovechamiento, marcaje del ejemplar, número de ejemplares adquiridos. En caso de comprarlo en una comercializadora, te deben entregar lo anteriormente mencionado pero con los datos de la comercializadora. Si se trata de un ejemplar de importación, te deben proporcionar número de CITES o Autorización así como número de pedimento.
Si no te entregan lo anterior con esos requisitos, quizá tu ejemplar no sea del todo legal.

--Al comprar un animal exótico o silvestre, cual quiera que este sea ¿basta con que me entreguen una nota o factura de venta para poder tenerlo?
R: No, no es suficiente. Además de que es tu deber registrar el animal como mascota ante SEMARNAT, debes tener en cuenta que a partir de diciembre de 2013, debes contar con autorización de SEMARNAT para poderlo tener.

--¿Basta con tener la nota o factura de mi ejemplar para que el mismo sea legal?
No. La factura a tu nombre solo ampara la legal procedencia mas no la legal posesión. Para ello debes tener un permiso expreso de SEMARNAT para poder tener el ejemplar, además, debes registrar a tu bicho como mascota, si son varios los que tienes, puedes registrar una colección privada.

--Si mis animales no tiene papeles, ¿los puedo legalizar?
R:No, no los puedes legalizar. Antes se otorgaba el papel de "propiedad de la nación" en el cual se dejaba a resguardo de las personas el ejemplar que se pretendía legalizar pero era como propiedad de la nación. Actualmente esto no aplica mas por lo cual no puedes legalizar a un animal sin papeles.

--Si mis animales tienen crías, ¿Puedo venderlos solo con la copia de los papeles de los "papas"?
R: No, no puedes. Para poder vender ejemplares criados por ti, debes registrar un PIMVS y cumplir con todos los requisitos del mismo para poder pedir aprovechamientos comerciales a SEMARNAT y vender así de manera legal los bichos que te hayan nacido.

--Un mito muy arraigado últimamente: ¿PUEDO SACAR A PASEAR A MI IGUANA, PITON, MONO, LEON O CUALQUIER OTRO ANIMAL A LA CALLE?
R: No, no puedes. Solo lo puedes sacar con sus respectivas medidas de seguridad si lo estas llevando a una revisión con el MVZ.
Artículo 27. El manejo de ejemplares y poblaciones exóticos sólo se podrá llevar a cabo en condiciones de confinamiento que garanticen la seguridad de la sociedad civil y trato digno y respetuoso hacia los ejemplares, de acuerdo con un plan de manejo que deberá ser previamente aprobado por la Secretaría y el que deberá contener lo dispuesto por el artículo 78 Bis, para evitar los efectos negativos que los ejemplares y poblaciones exóticos pudieran tener para la conservación de los ejemplares y poblaciones nativos de la vida silvestre y su hábitat.

--¿Me pueden decomisar un ejemplar si salgo a pasear a la calle con él?
R: Si, PROFEPA te lo puede decomisar.

--¿Es lo mismo un aseguramiento que un decomiso?
R: No, no es lo mismo.
Hablamos de que existe un aseguramiento cuando el propietario tiene alguna falta a la LGVS la cual puede resolver de manera casi inmediata. Por ejemplo, cuando un ejemplar esta en buen estado pero no cuenta con los papeles de legal procedencia originales en el momento, se debe proceder al aseguramiento del ejemplar en lo que el propietario, en máximo 5 días hábiles, demuestra la legal procedencia del ejemplar asegurado. Cuando un ejemplar es asegurado, no se puede movilizar ni vender.
Un decomiso es cuando hay faltas graves a la LGVS, como por ejemplo, la venta en vía publica de psitácidos mexicanos. Como es de todos sabido, esta prohibido desde 2008 la venta de "pericos y loros" nacionales. Cuando en vía pública se venden estos ejemplares, se puede deducir de inmediato que estos ejemplares son de captura y se procede al decomiso de los mismos.
De igual manera, la autoridad, puede decomisar los ejemplares si después de los 5 días hábiles no logro demostrar la legal procedencia de los mismos o cuando hay maltrato de manera evidente.
El decomiso puede llevar a un procedimiento incluso penal.

--¿Quién me puede decomisar algún animal exótico o silvestre?
R:Solo PROFEPA puede decomisar un animal y esto a través de un proceso administrativo o judicial apegado, principalmente, a lo que marca la LGVS y su reglamento.

--Si tengo un animal ilegal, ¿Lo puedo donar a un zoológico?
No, no puedes. Si los aceptan ellos están incurriendo en una falta pues la LGVS les prohíbe recibir ejemplares directamente de particulares. Los ejemplares sin papeles deben ser entregados a SEMARNAT para que sean puestos a disposición de un CIVS para que de ahí puedan ser entregados a UMAs o instalaciones que puedan recibirlos.

--Si tengo un animal legal y lo quiero donar a un zoológico (o al autor de este post), ¿Lo puedo hacer?
Claro! Mientras tenga papeles de legal procedencia basta con hacer una sesión de derechos para que el nuevo propietario pueda registrarlo.
ESTE POST ES DE MI AUTORIA, SI LO GUSTAN COMPARTIR SON LIBRES DE HACERLO SIEMPRE QUE RESPETEN MI TRABAJO Y DEN LOS CREDITOS CORRESPONDIENTES.
SI TIENEN ALGUNA DUDA Y SE RESPONDERLES, CON GUSTO LO HARE SEGUN SE PUEDA Y SE REQUIERA. DE IGUAL MANERA OTRAS PERSONAS PUEDEN ENRIQUECER ESTE TEXTO PUES SE TRATA DE RETROALIMENTARNOS.

David Olivos.

seemann69

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Mensaje por 3K0 Lun Mar 09, 2015 12:30 pm

excelente información !!!
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Mensaje por Reptax Vie Abr 03, 2015 5:31 pm

Hay algún tiempo límite para registrar ante SEMARNAT a una mascota exótica de legal procedencia y así tener la legal posesión?


Hay algún máximo de ejemplares que puedo registrar?

Al registrar estaré sujeto a revisiones periódicas (no por denuncia)?

Reptax

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